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¡¡¡ME QUIERO SEPARAR!!! PASOS A SEGUIR Y TIPS


Separarse es siempre una decisión muy difícil de tomar, pero en ocasiones es la mejor solución para todos. Hay que tener presente que separarse es sólo el comienzo de un proceso judicial que culmina con el divorcio. Este proceso puede ser simple o muy complejo, dependiendo de las decisiones de ambas partes. Existen tres formas (1) divorcio de mutuo acuerdo (2) divorcio unilateral y (3) divorcio por falta. La diferencia se da en cuanto tiempo desde que se tomo la decisión de separarse (cese de la convivencia) debe pasar para poder divorciarse.

En el divorcio de Mutuo acuerdo (los dos están de acuerdo): Debe transcurrir un año entero, estando ambas partes separadas (cesando la convivencia). Esto se prueba en juicio, en una sola audiencia, con testigos y cuentas de servicios separadas, para los matrimonios anteriores al año 2007. Pero para los Matrimonios posteriores a esa fecha, solamente con una escritura pública ante notario o ante un Oficial del Registro Civil que diga cuando dejaron de vivir juntos. Si alguna de las partes se niega, no podrá hacerse el divorcio por este medio.

En el divorcio Unilateral (uno solamente quiere divorciarse): En vez de un año deben transcurrir tres años, desde que dejaron de vivir juntos y se prueba de la misma forma que el de Mutuo acuerdo. No obstante, una de las partes no quiera divorciarse, con tal que una de las partes quiera y hayan transcurrido tres años, el juez puede decretar el divorcio.

En el divorcio por culpa: Puede realizarse de forma inmediata, por la violación grave a los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio como por ejemplo violencia intrafamiliar e infidelidad. Este juicio es el más complejo y por regla general no lo recomiendo a personas que tengan hijos en común (salvo excepciones), debido a que por el interés superior de los niños, es bueno que las relaciones entre sus padres se mantengan como aceptables dentro de lo posible y un juicio como este destruye a sus participes.

En todos estos procesos se necesita de un abogado y se puede alegar la compensación económica, de la parte más débil en el matrimonio, la que vio truncada su vida por quedarse a cuidar a los hijos en la casa y no ejercer su profesión o terminar sus estudios.

Desde el primer día de la separación, la otra parte debe pagar pensión alimenticia, no es necesario estar divorciado para que exista aquella obligación. De hecho, el divorcio unilateral, no se otorga si la parte que lo pide no ha pagado la pensión alimenticia.

Mi recomendación es que si quiere separarse, lo primero que debe hacer, es dejar de lado el rencor, pensar en los hijos si existen y negociar con la pareja directamente o por medio de un abogado para hacer un acuerdo completo y suficiente, (ante notario), que sea (a) redactada por un abogado. (b) que separe los bienes para cada una de las partes (liquidación de sociedad conyugal). (c) se acuerde una pensión alimenticia para los hijos. (d) se acuerde un régimen de visitas. De esta forma se resguardará sentimentalmente a los hijos y sus intereses económicos.

Públicado en Octubre 2013.

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