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PROBLEMAS ECONÓMICOS: COMO SALIR DE DICOM


El Boletín Comercial, conocido popularmente como DICOM, es un registro privado de documentos protestados y morosidades. Si una persona es publicada en dicho boletín, se le reducen drásticamente sus posibilidades de conseguir créditos financieros y pasa a ser una persona non grata para el mercado.

Dicho sistema fue regulado por la Lay 19.628 y ley 20.575.- sobre el tratamiento de datos personales, con la finalidad que este registro solamente sea utilizado para una evaluación comercial y financiera. Quedando prohibido su uso para (a) selección de personal (b) admisión en un establecimiento educacional (c) postulación a cargo público y (d) atención médica de urgencia.

Ahora bien, una vez que una persona es publicada en el boletín comercial pasemos a ver cómo puede salir de ahí. La primera forma es pagando, pero se debe tener presente que con el solo hecho de pagar o re depositar un documento mercantil, no es suficiente, se necesita ir una oficina del boletín comercial con un certificado de aclaración de deuda, luego de eso se podrá salir del boletín.

¿Se puede salir del Boletín Comercial sin pagar? Si.

Si pasan 5 años, desde que el documento publicado se hizo exigible. La publicación debe ser borrada sin más trámite según el art. 18 de la ley 19.628.- Si no ocurriese así se podrá exigir que se borren por medio del proceso de habeas data.

¿Se puede salir antes de los 5 años del Boletín Comercial sin pagar? Si.

Dependiendo del tipo de documento, si se trata de un cheque o pagaré, que transcurrido el plazo de 1 año, no fue notificado en un juicio ejecutivo, se puede solicitar la prescripción de esté. Si nos encontramos frente una tarjeta de crédito o tienda comercial impaga o morosa, debemos esperar hasta 3 años para pedir la prescripción de esté.

La prescripción, es un modo de extinguir las obligaciones, equivalente en sus efectos al pago. Está puede ser alegada como acción o excepción, dentro de un proceso judicial que requiere de un abogado. Lo que hacemos nosotros en nuestra oficina, por ejemplo, es invalidar el documento o instrumento en que se declara la deuda, u obligar al acreedor a demandar en un juicio de jactancia para poder declarar la prescripción.

Si USTED firma un documento de repactación de deuda, además de aumentar su deuda por regla general aumentará el plazo para que le puedan cobrar. Por ello le invitamos a que aclare sus dudas con nosotros antes de repactar una deuda que puede ya estar prescrita.

En resumen, se puede salir de Boletín Comercial/Dicom, sin pagar, si transcurren 5 años e incluso se puede salir antes si no lo han demandado judicialmente, si transcurren 1 año en documentos como cheques o pagares y el plazo de 3 años en caso de no pago de tarjetas de crédito o casas comerciales. Por ello solicite nuestros servicio si se encuentra en alguno de estos casos.

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